Dentro de los tipos de telegramas, en esta página veremos todo acerca del telegrama de despido. Es decir, aquel que emite el empleador a su empleado, comunicándole la extinción de la relación laboral.
Dentro de todos los tipos de telegrama, el de despido suele ser el que nadie quiere recibir. El telegrama de despido es un documento de breve y concisa descripción que normalmente no supera las 30 palabras, este se utiliza para comunicar la extinción de la relación laboral de parte del empleador, en la mayoría de los casos.
En él podemos encontrar 3 datos principales además del mensaje a trasmitir: destinatario, origen y asunto.
En el caso de un telegrama de despido, se debe utilizar el formato de telegrama laboral de hasta 30 palabras o aquel que tiene más, cuando se desea explayarse sobre las causas del despido. Dichos formatos de telegrama podrá bajarlos desde aquí:
Por otro lado, todo telegrama de despido debe invocar alguna causa (o motivo del despido, aunque fuese sin causa), y poner a disposición la indemnización o liquidación por despido correspondiente.
Si tienes alguna duda, puedes dejarnos tu consulta acá.
De igual manera como lo hicimos con el telegrama de renuncia, vamos a explicar cómo se debe redactar cada telegrama de despido según sea el caso. Es importante recordar que según la cantidad de palabras el escrito se debe elegir el modelo de telegrama del Correo Argentino que corresponda.
Notificámosle que prescindiremos de sus labores desde el (fecha de extinción del contrato laboral). Tendrá dos horas de licencia paga durante el período de preaviso. Colaciónese.
La existencia o no de preaviso estará en la redacción del telegrama anterior. Si la fecha de extinción del contrato difiere de la fecha de emisión del documento, se computará como preaviso. Resta ver si dicha distancia temporal es la que la ley indica según la antigüedad del trabajador. En caso de que quiera despedir a su empleado desde la fecha misma de emisión del telegrama, recomendamos usar el siguiente modelo.
Notificámosle que prescindiremos de sus servicios desde la fecha. Indemnizaciones y haberes a su disposición. Colaciónese.
En la (Ciudad Autónoma de Buenos Aires), a los ………….. días del mes de ………………………………………… …………………….. del año ……………… cumplimos en informar al Señor (nombre completo del trabajador) que a partir del día ……. del mes de .. ……………………………………………………….. del año ………….. la empresa (denominación)……… ……………………………….. ….. ha decidido rescindir la relación laboral que se encuentra actualmente en el período de prueba previsto en el artículo 92 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
Liquidación final a su disposición.
Es importante recordar que, dentro del período de prueba el preaviso deberá ser de 15 días.
Dado que las causas de despido pueden ser variadas, a continuación veremos varios modelos de telegramas según sea la causa de despido.
Este telegrama por abandono de trabajo deberá ser enviado a posterior del telegrama laboral que intima a reincorporarse a sus labores, bajo apercibimiento de despido por abandono de trabajo.
No habiéndose presentado a trabajar conforme términos telegrama y/o carta documento Nº ….. de fecha ………, consideramos abandono de trabajo y por tanto resuelto por dicha causa contrato de trabajo. Haberes y certificados a su disposición. Colaciónese.
Le informamos que procedemos a prescindir de sus servicios a partir del ……. por falta de trabajo fehacientemente justificada no imputable a la empresa. Liquidación final y certificados a su disposición. Colaciónese.
«Estando en condiciones de obtener una de las prestaciones de la ley 24241 de conformidad al artículo 252, ley de contrato de trabajo, intimamos a iniciar trámites pertinentes, estando a su disposición el certificado de prestación de servicios. Prescindiremos de sus servicios sin responsabilidad indemnizatoria por nuestra parte una vez obtenido el beneficio jubilatorio o al cumplirse el plazo de ley (un año contado a partir de la presente). Colaciónese.»
A continuación veremos una serie de modelos de telegramas que se utilizan para despedir empleados con causa y por motivos disciplinarios. Algunos de ellos requieren apercibimientos previos, otros, por su gravedad, no.
Ante sustracción de ……………………, por su parte, debidamente comprobada, nos consideramos injuriados por lo que lo despedimos en la fecha. Haberes y certificados a su disposición. Colaciónese.
Ante falta de respeto al superior jerárquico, señor/a ………….., dentro de nuestra empresa en el día …….., y conforme sus apercibimientos y sanciones anteriores nos sentimos injuriados, por lo que se encuentra despedido por su culpa. Haberes y certificados a su disposición. Colaciónese.
Debido a sus reiteradas faltas injustificadas y sin aviso, y considerando sus antecedentes y sanciones previas, nos consideramos injuriados por su nueva y reiterativa falta sin aviso ni justificación del día ………., por lo que procedemos a despedirlo por su culpa. Haberes y certificados a su disposición. Colaciónese.
Debido a sus continuos y reiterados incumplimientos a las órdenes impartidas por sus superiores jerárquicos, y considerando antecedentes y sanciones previas, nos consideramos injuriados por su nueva falta cometida el … (fecha de la última falta cometida) y lo despedimos desde la fecha. Haberes y certificados a su disposición. Colaciónese.
En este caso, puede utilizarse los mismos que se utilizan para despedir a un empleado de empresa. Aplica tanto para los modelos con o sin preaviso como vemos debajo.
Sin preaviso
Notificámosle que prescindiremos de sus servicios desde la fecha. Indemnizaciones y haberes a su disposición. Colaciónese.
Con preaviso
Notificámosle que prescindiremos de sus labores desde el (fecha de extinción del contrato laboral). Tendrá dos horas de licencia paga durante el período de preaviso. Colaciónese.
El preaviso debería ser de 10 días cuando la antigüedad en el servicio fuere inferior a un año y de 30 días cuando fuere superior.
En esta sección colocaremos varios modelos de telegramas de despido indirectos. Le recomendamos consultar debajo si tiene dudas acerca de cuál debe utilizar.
Ratifico y reitero mi telegrama anterior de Nº …, rechazo su colacionado por temerario completamente falso, improcedente y malicioso, ante su negativa arbitraria de la relación laboral (o de cualquier otro incumplimiento, como puede ser el abono del salario, vacaciones, etcétera) me considero despedido por su única culpa y exclusiva responsabilidad. Queda usted debidamente notificado.
Atento a la falta de pago del salario/s correspondiente/s al/los mes/es (meses que se adeudan, especificando mes y año) previa intimación efectuada a usted con fecha (fecha en la que se solicitó el pago de salarios vía telegrama laboral) mediante el telegrama Nº …. procedo según indica la LCT a considerarme despedido por su exclusiva culpa.
Asimismo, intimo plazo 48 horas abone salarios adeudados, diferencias salariales, y liquidación final con todos los rubros que ordena la mencionada ley. Intimo plazo 48 horas denuncie si va a proceder a entregar certificados artículo 80 de la LCT como así también los certificados de aportes a la seguridad social.
Atento a su negativa a abonarme el salario conforme lo que ordena el convenio colectivo Nº …/… aplicable al personal de …. (aquí se deberá indicar el rubro, actividad o especialidad) procedo a considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Intimo plazo 48 horas abone liquidación final según lo ordena LCT, intimo mismo plazo abone diferencias salariales y denuncie si hará entrega del certificado conforme artículo 80 LCT, todo esto bajo apercibimiento de iniciar acciones legales. Queda usted debidamente notificado.
Atento a su negativa a dejar sin efecto la sanción impuesta con fecha …. (fecha exacta de la sanción) procedo a hacer efectivo el apercibimiento y me considero despedido por su exclusiva culpa. Intimo plazo 48 horas abone liquidación final conforme LCT, abone salarios adeudados y diferencias salariales, denuncie si procederá a hacer entrega del certificado del artículo 80 de la LCT todo esto bajo apercibimiento de accionar judicialmente. Queda usted debidamente notificado.
Atento a la falta de pago de vacaciones correspondientes al periodo … (año correspondiente a dichas vacaciones), previa intimación efectuada a usted con fecha …. (fecha del telegrama anterior) mediante el telegrama Nº …. procedo según indica la LCT a considerarme despedido por su exclusiva culpa. Asimismo intimo plazo 48 horas abone salarios adeudados, diferencias salariales, y liquidación final con todos los rubros que ordena la ley. Intimo plazo 48 horas denuncie si va a proceder a entregar certificados artículo 80 LCT, como así también los certificados de aportes a la seguridad social.
Atento a la negativa a la intimación efectuada con fecha …… (fecha del anterior telegrama) mediante el telegrama Nº …. de abonar aguinaldo, procedo a hacer efectivo el apercibimiento y considerarme despedido por su exclusiva culpa. Intimo plazo de 48 horas abone liquidación final según indica la LCT asimismo intimo abone diferenciales salariales, denuncie si hará entrega del certificado artículo 80 de la ley citada, todo esto bajo apercibimiento de iniciar acciones legales. Queda usted debidamente notificado.
Atento a su negativa a abonarme las horas extras laboradas en el mes de …. (mes y año), procedo a hacer efectivo el apercibimiento y me considero despedido por su exclusiva culpa. Intimo plazo de 48 horas abone liquidación final con todos los rubros que indica la LCT, asimismo intimo en el mismo plazo abone salarios adeudados, horas extras
y diferencias salariales. Intimo plazo 48 horas denuncie si va a hacer entrega del certificado artículo 80. Todo esto bajo apercibimiento de iniciar acciones legales. Queda usted debidamente notificado.
Ante su nueva negativa a permitirme el ingreso al establecimiento cito en …. (lugar donde trabaja) donde desempeño mis tareas habituales, haciendo efectivo el apercibimiento remitido a usted con fecha …. (fecha del telegrama anterior para solicitar ingreso) procedo a considerarme despedido por su exclusiva culpa. Intimo plazo 48 horas abone liquidación con todos los rubros que indica la ley más salarios adeudados y diferencias salariales, intimo mismo plazo denuncie si entregará certificado artículo 80 de la LCT. Todo esto bajo apercibimiento de accionar judicialmente. Queda usted debidamente notificado.
La lógica implica que no más de 24 horas debe demorar en llegar un telegrama de despido. Es habitual que llegue durante la misma jornada que se lo envía si se remite antes del mediodía o en la mañana siguiente (si es día hábil) en el caso de enviarse por la tarde.
Ambas son utilizables en este caso. Es importante tener presente que si nos paramos del lado de la empresa, las dos tendrán costo, por lo cual, es indistinto. Se suele usar el telegrama más que la carta documento, pero es opcional.
En el caso que lo envíe un trabajador para considerarse despedido, recomendamos que sea telegrama, dado que será gratuito.
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Si envío un telegrama de despido sin causa, y el trabajador no lo recibe, ¿puede aducir que no lo recibió? ¿Sirve complementar con una comunicación complementaria por correo electrónico? ¿Qué pasa si aduce no haberlo recibido, y entonces pide una licencia por enfermedad psicológica?
Desde ya gracias
Héctor. Sería bueno que hables con un abogado si así sucedió. Saludos
Estuve charlando con mi empleada para llegar a un acuerdo con la indemnización y el despido. Pero no arreglamos nada. Yo no le dije ni le mandé el despido pero ella sí me mando un telegrama exigiendo la resolución de la situación laboral. Y no se presentó a trabajar. ¿Qué debo hacer?
Diego. Deberías hablar con un abogado para ver cómo responder. Saludos
Hola buenas noches. Hoy mi patrón me informó vía WhatsApp que me despedía a partir del sábado 23 de enero, yo soy transportista de Mendoza y ahora me encuentro en Buenos Aires trabajando para él. El día sábado llego a Mendoza pero él dice que el camión lo va a parar porque no gana bien. O sea llego y ya no quiere que trabaje para él. También me dijo que el telegrama va a tratar que me llegue antes del día sábado, pero me dijo que el telegrama me va a llegar como que yo renuncié y no es así. ¿Qué pasa sino me llega? ¿Qué pasa si yo me presento a trabajar y no me deja ingresar a trabajar? ¿Qué pasa si en el telegrama él pone que yo renuncio o en el caso que el ponga que me echa? No sé que tengo que hacer.
Trabajo ahí desde el 12 de septiembre hasta el 1 de octubre en negro, y de ahí en adelante hasta la fecha en blanco. ¿Me corresponde la doble indemnización?
Daniel. Lo que tenés que hacer es hablar con un abogado lo antes posible. Saludos
Les consulto, renuncié a mi trabajo y al mismo tiempo me despidieron. ¿Qué es lo que vale? ¿Mi renuncia o el despido? Ahora estoy con el programa asistir del Ministerio de trabajo pero la empresa desconoce que me despidió. Saludos.
María. Vale el telegrama que llegó antes. Saludos
Voy a despedir a un empleado. ¿Qué documentos necesito llevar al correo además de mi DNI? soy uno de los socios de una SRL.
Sergio. Por las dudas llevá el estatuto o donde esté tu poder como representante. Saludos
Hola buenas tardes. Estaba trabajando en una empresa tercerizada adentro de una automotriz. El tema es que por unos videos tomados por la misma guardia de la automotriz se me compromete. No me acusan de nada, el tema es que la misma me niega el ingreso por falta de confianza haciendo que no pueda prestar mis servicios en la empresa. Yo ya envié un telegrama a mi empleador en el cual me puso a trabajar en otro sector fuera de la industria. Mi pregunta es si me llegan a despedir no tienen causa ¿se me tiene que indemnizar al 100%?
Gracias
Claudio. Si realmente no tienen causa. Sí, al 100% y con doble indemnización. Saludos
Hace 6 días fui despedida como empleada doméstica, solo de palabra. Mañana se cumple una semana de esto y aún no me enviaron telegrama de despido. La señora me dijo que yo le envíe telegrama de renuncia pero me negué. ¿Qué debo hacer?
Marcela. Deberías hablar con un abogado. Saludos
Hola. Renuncié de forma verbal en junio pero no envié el telegrama de renuncia. Como me mudé no supe que me enviaron una notificación, desde entonces me han depositado 1/3 del sueldo. Quiero enviar el telegrama de renuncia ¿qué fecha debo poner y con lo remunerado me pedirán el reintegro no?
Ale. Deberías hablar con un abogado porque si te siguieron pagando posiblemente te hayan despedido también. Saludos
Buenas tardes. Quería consultarles. Mi novio estaba trabajando en un restaurante de mozo. Empezó en octubre de 2019, en negro. Por tema de la pandemia no lo llamaron más para trabajar y terminó cerrando en julio de 2020. Desde marzo 2020 que no le pagan. Cobraba por quincena. Quiero mandarles un telegrama de intimación y no estoy muy segura qué poner en la misma. Vale aclarar que ellos cerraron un par de días hasta que el gobierno habitó que vuelvan a abrir pero no llamaron a todos los empleados. Tienen otro restaurante pero cerraron justo el que mi novio estaba trabajando. Tengo una idea pero para estar segura si me pueden ayudar se los agradecería.
Magalí. Eso deberías consultarlo directamente con un abogado laboral. Saludos
He descargado el formulario del sitio del correo, pero el texto no entra, queda casi la mitad sin insertarse ¿qué debo hacer?
Gracias.
Sergio. Hacerlo en el correo a mano. Saludos
Hola. En caso de personal doméstico contratado en agosto de 2020 y despedido en octubre (aún no termina el periodo de prueba). ¿Entra dentro de las prohibiciones de despido establecidas en el decreto y de no ser así donde lo dice?
Gracias
Emiliana. Está dentro de las prohibiciones. Saludos
Buenas tardes. En el caso de mi niñera en su ficha puse, trabajo temporal por dos meses. O sea hasta el 16 de octubre. Mi duda es si tengo que enviar telegrama cuál sería. La relación laboral termina el 16/10 y ella lo sabe desde el primer día. ¿Corresponde indemnización? ¿De cuánto? Ojalá puedan ayudarme porque he enviado mails, llamado por teléfono y nada. Personalmente tampoco se puede por la pandemia.
Desde ya muchas gracias
Estefanía. En este tipo de contratos si así fue firmado, se le tiene que mandar el telegrama de despido por fin del contrato un mes antes (o sea un mes de pre-aviso). Esto claramente ya no lo hiciste, por lo cual estás en cierto incumplimiento aunque no tan grave. En cuanto a la indemnización, no se abona indemnización. Corresponde pagar el sueldo anual complementario (SAC) y las vacaciones proporcionales a los 2 meses trabajados.
Saludos
Mi mamá trabaja 4 horas al día como empleada doméstica pero hace 3 meses que no le pagan o le pagan la mitad de lo que le deben pagar. Hace 10 años que trabaja ahí y ahora quieren que ella mande la renuncia porque según el empleador no se pueden despedir por la pandemia.
Emilce. Que no renuncie y hable con un abogado para que intime al pago del salario o se considere despedida. Saludos
Hola. Tengo 9 años de antigüedad en mi trabajo. Quiero renunciar, hoy es 23/09/2020. Si envío el telegrama de renuncia hoy ¿tengo que poner en la fecha de renuncia desde 23/10/2020 con 30 días de preaviso o 22/11/2020 con 60 días de preaviso?
Desde ya muchas gracias.
Rocío. El trabajador debe dar 15 días de pre-aviso, nada más. Saludos
Tengo una empleada de casa particular desde el 2 de enero de 2020. Su régimen es de 8 horas, una vez por semana. Desde que se declaró la cuarentena no cumple tareas, de acuerdo con las disposiciones legales. La última vez que trabajó fue el 12 de marzo. Desde entonces le deposito lo acordado al formalizar la relación laboral, junto con el pago de las cargas sociales, el aguinaldo y la ART correspondiente. Ya no puedo seguir haciéndolo. Quiero prescindir de sus servicios. ¿Le corresponde doble indemnización? ¿El telegrama debe ser de menos de 30 palabras? ¿Me expongo a algún juicio por despido en cuarentena? ¿Puedo argumentar como causa del despido motivos económicos como los que afectan a la mayoría de los argentinos por la pandemia de coronavirus?
Antonio, no corresponde la doble indemnización porque fue contratada desde enero. El telegrama es uno común, no es gratuito para el empleador. Sí, existe esa posibilidad de juicio y no, no se puede dar causal económica por la pandemia. Saludos
Estoy en la misma situación. ¿Cuál es la resolución o decreto que indica la indemnización simple en caso de hacer comenzado a trabajar en 2020?
Laura. Decreto 34/2019 y su prórroga con el Decreto N°528/2020.
Saludos
Quiero prescindir de los servicios de mi empleada doméstica. No tengo más dinero para pagarle. ¿Es ilegal pedirle que renuncie? ¿Hay algún causal que evite pagar doble indemnización?
Verónica. Tenés que despedirla y pagarle lo que corresponde con doble indemnización. Saludos
Buenas tardes, tengo una empleada de casas particulares ingresada el 15-01-2020 y tengo intenciones de prescindir de sus servicios lo antes posible. Tres consultas quisiera formular:
1- Por haber sido contratada con posterioridad a 12/2019, ¿no le corresponde doble indemnización, verdad?
2- El cálculo del preaviso que me corresponde abonar, ¿es de 10 días por antigüedad menor a un (1) año, o de un mes?
3- ¿Cuánto tiempo tengo para abonarle la indemnización y demás conceptos relativos al despido? ¿Puedo pactar pagarlo en dos cuotas? Si es así, ¿puedo hacerlo directamente con ella o tengo que ir a la Delegación de Trabajo de mi localidad?
Gracias desde ya. Saludos
Gabriel. Efectivamente no corresponde doble indemnización por haber sido contratada con posterioridad. Serían 30 días de preaviso y el pago deberías hacerlo en los 4 días hábiles posteriores al despido, al 100%. Saludos
1. Buenos días, me despidieron vía telefónica el día 10/08/2020, me llegó un telegrama de despido el día 28/08/2020 con fecha del día 26/08/2020, ¿es normal?
2. Me llegó vía mail el recibo de sueldo correspondiente al mes 08 y aún no me han depositado los 10 días trabajados. ¿Debo concurrir a un abogado?
3. ¿Cuándo deberían realizarme la liquidación final conociendo las fechas mencionadas anteriormente?
Saludos, muchas gracias.
Lucas. Si el telegrama te llegó el 28, la fecha de despido es el 28. Estimamos que te van a pagar los 10 días (en realidad los 28 días del mes) conjuntamente con la indemnización final. Tenían plazo hasta el 4 de septiembre. Saludos
Hola. Me despidieron hace dos días sin motivo, luego de 15 meses de trabajo. Estoy iniciando con el envío de telegramas pero mi empleador posee 3 direcciones distintas, no sé cual es la real ni en cual hay gente para que lo reciba, que el lugar de trabajo solo abre 2 veces por semana. ¿Puedo enviar un telegrama a cada dirección por las dudas o qué puedo hacer?
Deberías enviarla a donde esté la administración de tu lugar de trabajo. Saludos
Hola ¿cuál sería el texto en el caso de mudanza del empleador? Para una empleada doméstica.
Marisa, es un despido sin causa así que cualquier texto vale. Saludos
Hola, yo necesitaría realizar una consulta.
Trabajo en un supermercado hace dos años, estuve con licencia médica durante dos meses. Hoy envié un mensaje al de RRHH informándole que me reintegro el día 6. ¿Puede pasar que me despidan o llegue el telegrama el mismo día que me estoy reintegrar? porque creo que lo están por hacer debido a que no tengo aún horarios ni sucursal.
Dana. Como poder hacer, lo pueden hacer. Recordá que se supone que está prohibido despedir durante la cuarentena, pero si lo hacen hablá con un abogado laboral.
Saludos
Hola, soy enfermero de terapia intensiva. Me despidieron el mes pasado vía Whatsapp y no me dejaron ingresar a trabajar. Estaba en negro cobrando menos del SMVyM y menos de lo que me corresponde por convenio. Me adeudan meses de sueldo. ¿Se supone que reclame todo en un solo telegrama, o lo divido en varios?
Franco. Normalmente se reclama todo junto pero lo mejor es que lo hables con un abogado para reclamar correctamente. Saludos
Buenas tardes. Tengo una empleada, niñera, hace 15 meses en blanco. Hace dos meses que llega todos los días tarde, además del salario que le corresponde le pago los taxis para que no tenga frío. No hace todas las tareas que se le indican en el día. Y hace un día faltó pero no presento certificado médico. ¿Si la despido debo indemnizarla?
Agostina. Si todo esto no está en un apercibimiento o algo escrito, sí vas a tener que indemnizarla. Saludos
Buenas tardes. A mi me llegó el telegrama de despido el 2 de abril con fecha de 20 de marzo. Al día de hoy que no me pagaron ni sueldo ni liquidación. Estoy con abogado del sindicato pero no hacen nada.
Alejandra ¿cuál sería tu consulta? Saludos
Buenas tardes tengo una pregunta. Trabajo en un hotel, cerraron el mismo por la pandemia. No me mandaron telegrama de despido y ahora me dijeron que tengo que firmar una carta de despido con un escribano. ¿Puede ser que esto sea así?
Noe, preguntales la razón, la verdad es que no podrían despedir porque hay un decreto que lo impide. Saludos
Hola. Tengo una empleada doméstica hace dos años. Me mudo a otra provincia, ¿se considera despido por fuerza mayor? ¿Qué indemnización correspondería pagar?
Gracias
Lorena. No, es un despido común, indemnización común. Saludos
Hola. ¿Cómo hago para conseguir una copia de un telegrama porque nunca me llegó?
Ariel, si tenés el aviso de visita, deberías ir a buscarlo al correo. Saludos
Hola. Tengo un comercio del rubro venta de ropa, pude sobrevivir hasta ahora, pero estoy decidido a cerrarlo definitivamente. Tengo dos empleados que lamentablemente tengo que despedir. ¿Puedo despedirlos pese a la prohibición que rige?
Gracias
Ruben. Como poder, se puede pero posiblemente tengan las de ganar si demandan. Saludos
Hola, tengo una duda con respecto al proceder que debo seguir. Resulta que trabajaba en un salón de eventos infantiles, por razones de Covid-19 se encuentra cerrado. En teoría estoy en blanco pero me entregaron recibos solo el primer año que ingresé (2017). Por lo tanto intime al empleador a que me registre fehacientemente ya que no me consta si en realidad estoy en blanco o no. En la página de Anses me salen aportes impagos. El emperador niega esto mediante carta documento, me dice que estoy registrada y me despide por motivo de cierre del local. ¿Cómo debo proceder a partir de ahora? ¿Puedo enviar un telegrama y darme por despedida por falta de pago y por no entregarme los recibos de sueldos correspondientes a los años anteriores?
Gracias
Paola. Es el momento de no mandarte sola y hablar con un abogado laboral. Saludos
Hola. Tengo una empleada, cuidadora de enfermos. Este mes se cumplen 3 meses de trabajo y está dada de alta como empleada temporal. ¿Es necesario enviarle el telegrama? ¿tengo que pagarle indemnización, aguinaldo y vacaciones?
Espero tu respuesta. Gracias por tu ayuda.
Gisela. Deberías estimar el pago con nuestra calculadora de despido. Saludos
Buen día. Mi madre tiene una cuidadora para los fines de semana. Como tenía el DNI vencido el último permiso para circular le pide foto del DNI y no le acepta el DNI que tiene actualmente. Hace un mes que no concurre a trabajar y me envía mensajes de texto informándome que está tratando de sacarlo pero no lo logra. Me dice que el RENAPER le da un turno y después se lo cambia y así van pasando los días. Mientras tanto he tenido que contratar a otra persona para que la reemplace. ¿Qué medidas tengo que tomar ante esta situación?
Mirta. Deberías hablar con un abogado laboral porque es un caso demasiado particular. Saludos
El Correo Argentino me envió un telegrama indicando que el domicilio del destinatario estaba cerrado y que dejaron aviso. La empleada dice que ella no recibió el telegrama, ¿no es obligación del destinatario ir a buscar al correo la pieza postal cuando el correo le avisa que tiene un telegrama y que no lo pudo entregar porque el domicilio estaba cerrado? si cambió de domicilio ¿no tendría que haberme notificado de ello? ¿tiene valor de notificación el telegrama que la empleada no recepcionó? De no tenerlo ¿cuántos telegramas hay que enviar? porque esto sería el cuento de nunca acabar y caducaría el preaviso aunque fuese emitido con más días del indicado (20 días en vez de 10 días).
Graciela. Si se mudó y no te avisó, deberías enviarle otro a la dirección correcta y listo, ahí sí con el aviso de visita ya es suficiente. Si bien podrías pelear en el hecho de que debía avisar el cambio de domicilio, es una batalla perdida. Saludos
Gracias por tu respuesta. ¿Entonces sería suficiente que se envíen dos telegramas para que se considere que el empleado está notificado, sea cual fuere la razón por la cual no recepcionó el telegrama?
Graciela. No es una cuestión de cantidad, la persona se debe notificar fehacientemente. Si ahora le enviarás el telegrama al domicilio correcto y ahí, lo reciba o no, tendrá el aviso de visita, con eso ya de tu lado está cumplido. Saludos
Consulta. ¿Los telegramas de despido te lo tienen que enviar si o si por Correo Argentino?
Adrián. No, cualquier correo que sea medio de comunicación que sea fehaciente. Saludos
Hola, me llegó una carta documento avisándome que finalizaban mi contrato por periodo de prueba, ¿debería contestarla?
Y otra duda: el primer mes cobre un sueldo mas alto que el pactado porque hice horas extras, el segundo y tercer mes cobré el sueldo pactado. ¿Que sueldo debo tomar como base para calcular la indemnización por despido sin causa? El del primer mes que fue el mas alto o el pactado en el contrato?
Normalmente las cartas documento se responden, pero como es despido si te pagan la liquidación no deberías tener problema. Se toma el sueldo mayor, el que tiene horas extra. Saludos
Buen día. En enero me mudé de país pero la empleada doméstica siguió trabajando en mi casa, pues posiblemente volvería. Ya hemos decidido no volver. ¿Puedo despedirla? Mi suegra tiene un poder para enviar la carta en mi nombre. ¿En este caso corresponde la doble indemnización?
Constanza. Si, podés despedirla y aplica la doble indemnización. Saludos
Hola. Si me llega el telegrama y dice liquidación final y certificados a disposición ¿cuándo debería retirarlo? porque cuando le mando mensaje a mi empleador me dice que tengo que esperar recién al otro mes, o sea 30 días. ¿Esto es así?
Jéssica. Tiene 4 días hábiles para pagarte. Saludos
¿Cómo puedo hacer si el trabajador no quiere aceptar la reducción de su sueldo por falta de actividad laboral? por ende falta de liquidez para poder pagar sus honorarios. Es inminente el despido ¿es correcto que se haga eso?
Enzo. No tenés muchas opciones y está bien que no te lo acepte. Eso solo puede llegar a hacerse con acuerdo sindical. Saludos
¿Puede mi empleador darme el telegrama de despido directamente sin que lo entregue el correo?
Melina. Solo es válido si lo que te está entregando es copia de lo que envió por correo y éste dejó aviso de visita. Saludos
Hola. Hoy me avisan por palabra que mañana se me vence el contrato de tres meses y que ya no tengo que ir a trabajar. No me han mandado telegrama ni aviso de nada. Recién hoy me dicen esto y que me van a liquidar los tres meses.
Juan, para estar despedido deben enviarte el telegrama, sino no cuenta. Saludos
Hola, estaba trabajando y todavía en periodo de prueba, justo nos agarro esto de la cuarentena. El encargado de donde trabajo jamás siquiera me comentó que me habían enviado el telegrama. Me entero cuando me dice que me mandaba el recibo de liquidación final. Yo no entendía nada y le dije que nunca me llegó el telegrama de despido. Me envía una copia y veo que esta mal puesto el código postal, por ende no me llegó, ¿como considero eso?
¿Es válido el despido si no me llegó el telegrama? Aparte el telegrama está enviado el 19/3 diciendo que prescindían de mis servicios a partir del 4/4, ¿por ende ya estaba el decreto que no se podía despedir en cuarentena, o por estar en el período de prueba no cuenta eso? Te vuelvo a aclarar que en la copia del telegrama de despido está mal puesto el código postal, por eso me dijo el encargado que le parecía raro que no me haya llegado.
Aguardo su respuesta, cordiales saludos.
Christian. Te lo tienen que enviar de nuevo con fecha actual porque si no lo recibiste, no estás despedido. Hablá con un abogado lo antes posible porque seguro se nieguen. Saludos
Hola. El lunes 27 de abril nos comentaron que nos enviaban el telegrama. El mismo llego hoy, 30/04 en el cual dice "por cierre definitivo Fcia SC conforme lo convenido le comunico cese relación laboral el 30-04-2020. Por imposibilidad legal y agotamiento de insumos".
¿Este telegrama no esta mal redactado e inconcluso? ¿no debería tener información de liquidación?
Claudia. Sí, debería decir que pone a disposición el pago de la indemnización. Si te la pagan no debería haber mucho que reclamar por algo mal redactado. Saludos
Hola. La empresa donde trabaja mi marido cerró sus puerta y despidió a todos sus empleados el día 23 de abril. Enviaron los telegramas pero a mi marido todavía no le llegó hoy 29 de abril. Si la empresa cierra ¿pagan igual la indemnización?
Liliana. Si, si el despido es injustificado aplica la doble indemnización. Sin embargo, dado que la empresa está cerrando, posiblemente no sea por el artículo 245 sino por el 247. Saludos
Buen día. Mi empleador me despidió verbalmente, no me pagó el mes de marzo, soy empleada doméstica. Recién le mandé un telegrama notificando que aclare mi situación laboral, ¿ahora qué tengo que hacer?
Magalí. Hablar con un abogado laboral para evitar errores posteriores y esperar la respuesta. Saludos
Hola. Se me envió un telegrama de despido con una foto de Whatsapp por parte de mi encargado. Nunca me llegó a mis manos todavía, y ya me liquidaron mi sueldo ¿está bien que se notifique de esa manera o tengo que tener en mi poder el telegrama?
Lorena. Hasta que no te llegue el telegrama no estás despedida fehacientemente. Saludos
Buenas noches, estando en cuarentena según lo dispuesto por presidencia de la nación, me puse en contacto con mi patrón para saber cual era su intención con respecto al pago del sueldo, soy trabajador en blanco por lo cual me sentía protegido a cobrar mi salario en esta situación. Después de una charla por teléfono donde intercambiamos opiniones sobre el cumplimiento o no del pago y donde me expuso que si estaba disconforme le enviara el telegrama de renuncia. Hasta el día de la fecha, habiendo una cuenta sueldo activa aún no me realizan el pago de mi salario. Asimismo averiguando por mi cuenta desde la primera quincena se me hicieron los descuentos tanto en AFIP, como en sindicato y obra social no figuran mis aportes.
Me gustaría saber su opinión y asesoramiento.
Muchas gracias
Pablo. El sueldo deberían pagarlo en tiempo y forma, lo mejor que podrías hacer es hablar con un abogado y tratar de aguantar hasta el fin de la cuarentena. Lo que puedas ver en la web siempre demora en cargar, por lo cual no es raro que no figuren los últimos aportes. Saludos
A mi domicilio no llega el correo ¿cómo sé si me mandaron el telegrama de despido ya que por la cuarentena no estoy yendo a trabajar?
Gracias
Verónica. El correo está funcionando por lo que debería llegar. Lo que podrías hacer es pedir copia del telegrama enviado para quedarte tranquila. Saludos
Buenas noches. La fecha del despido sería ¿a partir del día que me envían el telegrama o carta documento o partir de la fecha en que me notifican? Porque lo recibí el lunes pero tiene fecha de emisión el 13 de marzo de 2020. Yo seguí trabajando hasta el 20 de marzo normalmente. Gracias
Rodrigo. Es desde el día que efectivamente recibiste el telegrama. Saludos
Hola. Me enviaron carta documento por despido y no la recibí porque en ese momento estaba trabajando; yo no sabía de qué era la carta, decido esperar a que pase la cuarentena para retirarla en el correo. Me entero de casualidad por mensaje de texto que la carta era por despido con fecha del 16 de marzo y yo trabajé hasta el 19 de marzo. Luego dejé de ir porque nos avisaron por cuarentena. Aún no tengo el aviso formal en mano. ¿Qué debo hacer y qué fecha tomaría como referencia para cobro? Nota: estoy en período de prueba.
Soledad. La fecha de despido será cuando efectivamente recibas el telegrama. Saludos
Buenas, tengo un cliente que me pide que trámite el despido de un empleado fundado en las consecutivas faltas al trabajo como chófer. Resulta que no tienen planilla de asistencia al trabajo y me preguntaba si este trabajador en su defensa podría plantear esa situación.
En tal caso, ¿sería válido hacer intimaciones previas antes de mandar el telegrama de despido?
¿Y porque en el telegrama de despido se coloca "Haberes y certificados a su disposición"? Hace referencia a que el empleado puede concurrir a las instalaciones de la empresa para retirarlos cuando pueda.
Saludos y gracias.
Leandro. Si no hay pruebas, de seguro que puede indicar que la causa no es justa. Queda en ustedes si lo sancionan varias veces antes de despedirlo "con causa". De todas formas lo mejor es hablarlo con un abogado laboral.
En cuanto a la segunda pregunta, significa que se le pagará su indemnización o liquidación correspondiente (pueden que lo hagan por transferencia o cheque) y que puede retirar los certificados de prestación de servicios. Tienen hasta 4 días hábiles tras el despido para tenerlos a disposición de entrega.
Saludos
Para enviar telegrama de despido a empleado, ¿es necesario presentar poder original en el Correo Argentino al momento del envío?
Carlos. En lo posible para evitar contratiempos, sí. Saludos
Hola. A mi me despiden y me ofrecen enviarme el telegrama y me piden que les de la opción de pagarme en cuotas la indemnización que debería ser paga el 100% a los 4 días según entiendo.
La pregunta es: si yo acepto en confianza que me paguen en cuotas y acuerdo de palabra fechas y montos de pago, ¿puedo intimar o reclamar en caso de que llegada la cuota 2 o la 3 se demoren con el pago?
¿Cómo puedo certificar lo que ellos me pagaron (en caso de que solo me paguen la primera cuota y luego se demoren) y reclamar el resto?
Muchas gracias de antemano.
Saludos
Mariano. Lo ideal sería ir y firmar un plan de pagos ante el Ministerio de Trabajo o Seclo. Saludos
Estoy trabajando hace 5 meses en un restaurante. Hoy es mi día franco y me llamaron para que esperara el telegrama de despido, ¿de cuánto es la indemnización que deben darme? Estoy en blanco con media jornada, pero yo trabajo jornada completa por la tarde noche.
Lu. Podrás calcular la indemnización con nuestra calculadora. Saludos
Hola. Me despidieron el viernes. Llegué y me esperaba el dueño. Me dio una carta documento que dice que prescinde de mi servios el día 11/03/2020. Ahora la consulta es ¿a mi me echaron el viernes 13/03/2020 o el 11/03/2020, y me puede dar la carta documento en mano o tiene que ser por correo?
Me dice que me comunique con la letrada que figura en la carta documento pero no hay ninguna dato más que el nombre. El miércoles se cumpliría el plazo de pago. ¿Tengo que enviar un telegrama pidiendo aclare mi situación laboral?
Andrés. Contacta a un abogado antes de hacer algo. El despido es desde la fecha efectiva que te enteraste, o sea el 13. Saludos
Hola. Se me terminó el periodo de prueba y no me despidieron sin previo aviso. Me avisaron el mismo día que se me finalizaba el contrato ¿puedo tomar acciones legales en este caso?
Claudia. Deberían indemnizarte, no entiendo por qué ir por la vía legal si pagan lo correspondiente. Lee más acá sobre la indemnización por despido.
Saludos
Falleció la persona a la cual cuidaba la empleada. Quería saber que se hace con el preaviso, ya que obviamente no existe posibilidad de habérselo dado. Gracias.
Carlos. Si el empleador eran los hijos, es todo como si fuese un despido normal, se paga el preaviso que no se dio. Saludos
Hola. El jueves a última hora del me despidieron sin justa causa, me hicieron firmar un papel en el cual decía que me desvinculaban desde el día viernes 28/02, con una copia para mi firmada por RRHH. Me dijeron que no vaya el viernes y que me estarían enviando el telegrama el viernes y la liquidación final en estos días. Todavía no me llegó el telegrama, ¿qué debo hacer? ¿Debo ir a la empresa?
Muchas gracias.
Ana, deberías presentarte. Saludos
Buen día. Mi yerno firmó un contrato por 3 meses, ya cobró su primera quincena, pero ayer sin ningún aviso, ni motivo, no le permitieron el ingreso al trabajo, y le mencionaron que le llegaría un telegrama. Mi pregunta es: ¿Mi yerno le envía un telegrama al trabajo o espera que le llegue o se acerca a recursos humanos?
Kary, si no le llegó hoy debería presentarse a trabajar. Saludos
Hola: quería saber cómo sigo cuando le envíe un telegrama de despido a la empleada doméstica hace 15 días y no lo respondió. Me pidió más dinero sin especificar y no se comunicó más conmigo. ¿Tengo que volver a enviarle otra notificación?
Gracias. Saludos, Laura
Laura. Primero deberías confirmar si lo recibió. Eso lo preguntas en el correo si no te llegó el aviso de recepción. Si está recibido, queda pagarle la indemnización y listo. Cualquier reclamo que llegue, habla con un abogado laboral, pero no debería haber reclamo si pagas lo que corresponde. Saludos
¡Muchas gracias por tu respuesta! Saludos
Laura
Hola, ¿el trabajador tiene que recibir el telegrama personalmente o lo puede recibir otra persona?
Gracias.
Yanina, todo dependerá de lo que haga el personal del correo. Debería recibirlo el trabajador, pero si lo recibe otra persona se dará como notificado igualmente, así que cuidado con eso. Saludos
Buen día. Hace 3 meses que dejé de trabajar por despido pero no me llegó el telegrama. ¿Qué debo hacer? ¿Solicitarlo a la empresa o debo considerarme despedida?
Paula. Si no tenés el telegrama, no estás despedida. Pedilo. Saludos
Mi consulta es por lo siguiente. Soy docente del nivel inicial recibida con dicho título. Trabajo hace 7 años en un Jardín Privado, en planta funcional (no como extraprogramática) y el sueldo nunca estuvo acorde a la grilla salarial docente. Luego de varias reuniones, una denuncia ante el Ministerio de Trabajo, asambleas con el SADOP (Sindicato de Docentes Privados), el sueldo sigue sin regularizarse. Por ende opté por enviar un telegrama o varios en el cual me consideraría despedida. ¿Qué tiempo lleva todo esto? Y ¿qué debo hacer una vez que me consideré despedida? ¿Es aconsejable luego una carta de documento? El Jardín es una empresa chica con 10 empleados, dudo que quieran pagar la indemnización y ni hablar de los dos años de retroactivos que estamos en derecho de reclamar. Somos 3 empleadas en mi misma situación. Te agradezco toda información que me sirva. Gracias
Isabel. La recomendación es que no des ningún otro paso sin antes consultar a un abogado laboral. Saludos
Hola. Quisiera saber si la empleada doméstica es despedida porque su empleadora está internada, ¿el telegrama lo puede mandar otro familiar? Se va a liquidar doble indemnización.
Gracias
Debería tener un poder que le permita ejercer ese acto. Saludos
Hola. Hace unos 15 días enviamos el telegrama de despido a modo de pre aviso para el personal de limpieza. El martes nos llegó el telegrama indicando que no se encontró la persona. ¿Cómo continúo con este tema? ya que a fin de mes tenemos que hacerle la liquidación. ¿Esta persona puede decir que no fue notificada fehacientemente?
Mauro. Tienen que enviárselo nuevamente porque no fue notificado. Saludos
Hola. El 10/2 le di de baja a la niñera de mis hijos porque mi trabajo no me paga más el 50% del sueldo de la misma, me paga guardería y yo no puedo solventar el gasto sola ¿puedo todavía hacer el telegrama y poner esto?
Julieta. Podés hacer el telegrama pero no es justificación válida. Saludos
Hola. Necesito despedir a una empleada doméstica que esta en período de prueba, pero no soy una empresa sino una persona física. ¿El telegrama tiene costo igual? Gracias
Sí Sofía, es solo gratis para el trabajador. Saludos
Hola. Estoy en período de prueba, llegué al trabajo y no me dejaron entrar. Me hicieron firmar el telegrama de despido (de los nervios no lo leí y lo firmé igual) y me dijeron que me iba a estar llegando hoy seguramente. Nunca me habían despedido, ¿llega a mi casa? ¿Me corresponde pre aviso o en este caso no?
Evelyn, debería llegarte a tu casa a más tardar mañana. Sí, te corresponde preaviso de 15 días. Saludos
Buen día. Me llegó este telegrama de la agencia "en función de los derechos conferidos del Artículo 92 bis prescindiremos de sus servicios a partir del 31-01-2020. No dice liquidación o haberes a su disposición ¿cuál es el plazo de pago?
Saludos
Diego, es de 4 días hábiles. Saludos
Hola. El año pasado me despidieron pero mi empleador mintió en el telegrama, calumniándome y hablando mal de mi y otra compañera que también despidió. A las 2 nos mandó el mismo telegrama. Nos pagó indemnizaciones pero ensució nuestros nombres ¿Qué puedo hacer para que se retracte?
Gaby, deberías hablar con un abogado para responder correctamente. Saludos
¿Puede el empleador utilizar telegrama laboral para despedir al empleado o debe hacerlo por carta documento?
Puede usar un telegrama pero tiene que pagarlo. Saludos
Bueno días. Tengo que enviarle el telegrama de despido a la señora que cuidaba a mi mamá en su casa. El motivo es porque decidió ir a un hogar geriátrico. ¿Debo poner la causa en el telegrama? ¿cómo lo redacto? ¿debería firmarlo mi mamá quien sería la empleadora?
Peter. Si estaba en blanco y es tu mamá la empleadora es ella que debe firmarlo. No hace falta causa, indica que prescindes de sus servicios desde tal fecha y listo. Saludos
Buenas tardes. Necesito despedir a la cuidadora de mi papá ya que lo que solicita como sueldo 21000 pesos y no lo puedo pagar. Es por 100 horas mensuales. ¿Puedo aducir razones económicas? Soy jubilada.
Lamentablemente no Claudia. Saludos
Hola, mi esposo tuvo un problema con la fecha de sus vacaciones, las pidió para una fecha y se la dieron en otra, sin firmarla ni liquidarla. Al terminar su jornada laboral le informa el encargada que ya estaba en vacaciones. Fue a asesorarse a su sindicato, por tal motivo le informan al dueño del transporte para el cual trabaja de esa irregularidad, por tal motivo su jefe le dice que se tome sus vacaciones y al volver busque otro transporte para trabajar, ¿se tiene que considerar despedido?
Cintia. Deben despedirlo formalmente, lo verbal no funciona. Saludos
Buenas noches. ¿Qué día me despidieron? Si el telegrama lo redactan y envían día 11/12/2019, me llega el 12/12/2019 y dice que prescinden de mis servicios a partir del 13/12/2019, ¿me corresponde doble indemnización?
Beatriz. Efectivamente estarías despedida desde el 13. El hecho de haber enviado el telegrama antes podría dar lugar a disputa por si corresponde la doble indemnización o no. Por ese motivo, lo mejor es que lo vayas hablando con un abogado laboral. Saludos
Hola. Una consulta, ¿el telegrama se toma la fecha en que se envió o la que se recibe? Me lo enviaron el día 13/12 justo cuando sale la doble indemnización. ¿Me corresponde o no la doble indemnización?
Melisa. Desde el 13 aplica la doble indemnización, por lo cual en tu caso no importa, te corresponde. La fecha de despido es en la que se recibe el telegrama, no en la que se envía. Saludos
Hola, este viernes enviaré el telegrama de renuncia a la empresa que trabajo, informando que el día 31 de diciembre es el último día que trabajo. El motivo es por trabajar hace muchos años en horario nocturno y al solicitar el cambio de horario a diurno se negaron. Con aclarar que ese es el motivo ¿es despido indirecto?
Micaela. No, no funciona así como lo indicaste. Deberías hablar con un abogado laboral antes de hacer esto para seguir el paso a paso correcto. Saludos
Hola, hace 4 meses me despidieron y no inicié aún nada porque estábamos hablando de llegar a un acuerdo pero ya no espero más. ¿Puedo hacer el reclamo aún? fueron 16 años en negro. ¿Cómo debo proceder? Gracias
Darío, estás a tiempo. Deberías hablar con un abogado laboral para iniciar el reclamo correctamente. Saludos
Hoy hace un mes que me despidieron sin excusa alguna de la empresa Día y todavía no me llegó mi telegrama de despido ¿cómo debo hacer o a quién recurrir?
Gracias
Darío. Urgente un abogado laboral para empezar intercambio telegráfico. Saludos
Hola. Ayer llegué a mi hogar de trabajar y por compañeros me enteré que me mandaron el telegrama. Todavía no me llego y nadie de la empresa se comunicó conmigo. El lunes a las 7 AM debería presentarme a trabajar y ya sé que no dejaran entrar. ¿Como actúo? ¿Me quedo esperando afuera con algún testigo?
Muchas gracias!
Leandro. Disculpá, respondimos tarde tu consulta ¿cómo te ha ido? Lo ideal es presentarse con abogado laboral. Saludos
Hola, hoy me mandan el telegrama ¿cuándo lo recibo?
Nair. Podría llegarte hoy sábado sino lunes a primera hora. Saludos
Me despidieron con una causa armada, ¿cómo hago para responder el telegrama de despido rechazando dicha causa y poder cobrara el salario correspondiente?
Daniela. Deberías consultar a un abogado laboral para hacer eso. Saludos
Hola. El otro día renuncié voluntariamente a mi trabajo por las malísimas condiciones en que me trataban, enviando el telegrama de renuncia y exigiendo que me abonen la liquidación final. Y al otro día me llego un telegrama de despido.
¿Qué vale lo mío o lo de ellos? ¿cuándo me abonarán mi liquidación?
Daniel. Sería lo que llegue primero en este caso. Saludos
Hola. ¿Cómo puedo redactar un telegrama de despido sin causa de un personal que esta dado de alta un mes y 16 días?
Gracias
Mabel. Pon que prescindes de sus servicios desde la fecha y que pones a disposición los comprobantes de servicios y la liquidación final. No hace falta aclarar mucho. Saludos
Si utilizo el formulario, los datos del destinatario, en este caso el empleado, son para una empresa (CUIT, ramo principal, etcétera) y los del remitente pide datos de persona común, o sea DNI, domicilio real, etcétera. ¿Cómo hago para mandar un telegrama de despido?
El telegrama que debes usar es uno común, porque para el empleador no es gratuito. Saludos
Hola, el viernes 23, media hora antes que termine mi jornada laboral me llamaron e indicaron que ya había salido el telegrama, y me hicieron firmar una copia en caso de que no llegara ese lunes siguiente y no quedara como abandono del puesto laboral. Al día de hoy no llegó el telegrama a casa, ¿qué debo hacer?
Romina. Deberías presentarte. Saludos
Hola. ¿El telegrama lo tiene que enviar si o si el empleador en caso de despido o puede enviar a un apoderado?
María, puede ser un apoderado. Saludos
Hola, el día martes me despidieron. Mi jornada laboral era de 10 a 18.30, a las 15.30 me informaron que me retirará ya que necesitaban un persona con más experiencia. Hoy es jueves y no llego el telegrama. Yo comencé a trabajar el día 10 de julio. ¿Me corresponde el preaviso por 15 días no? Y en el caso de no llegar el telegrama ¿cómo debo proceder?
Gracias
Bianca. Sí, te corresponden los 15 días de preaviso. Si hoy no te llega deberías presentarte a trabajar. Saludos
¿Para personal doméstico es el mismo telegrama?
Si, se puede utilizar el mismo formato. Saludos
La copia que me queda del telegrama de despido ¿lo debe firmar el empleado?
Juan, no es necesario. Se firma ante el empleado del correo la constancia de recepción. Saludos
Hola buenas noches. Hoy al terminar mi jornada laboral me llamaron diciendo que quedaba despedida porque no me podían pagar el sueldo. El abogado de la dueña del lugar me mandó la foto del telegrama pero a mi domicilio no me llego nada. ¿Qué debo hacer? ¿Tengo que presentarme a trabajar mañana?
Muchas gracias. Saludos
Melisa. Seguramente ya te haya llegado el telegrama, pero de no ser así, deberías ir a trabajar y dejar todo por escrito que no te dejan entrar. Saludos
Buenas tardes. Hoy recibí el telegrama de despido y dice "Queda despedida a partir de la fecha en el marco de procedimiento de crisis por el que atraviesa la empresa. Haberes y liquidación final a su disposición."
¿Esto quiere decir que me abonarán el 50% de lo que me corresponde?
Muchas gracias
Caro, eso que mencionas es únicamente válido si el procedimiento de crisis está avalado por la Secretaría de Trabajo. Saludos
Hola. Me despidieron. El telegrama dice "comunicamos despido a partir de la fecha. Haberes, certificación de servicio y liquidación final a su disposición". ¿Eso sería sin causa?
Efectivamente Damián. Es sin causa. Saludos
Hola. El día viernes a las 12 horas me dijeron que se terminaba el vínculo laboral por re-estructuración del sector, que me podía ir a mi casa. Cuando llamé me dijeron que ya me habían enviado el telegrama de despido, ¿hasta cuándo tengo que esperar? ¿puedo enviar el lunes le telegrama intimando para que se aclare mi situación laboral?
Natalia. Si el lunes no lo recibes durante la mañana, envía el telegrama que estás indicando. Saludos
Hloa. Me llamaron el viernes que me dieron de baja en la empresa y que me iban a avisar para firmar algunos papeles, y hoy ya es lunes y ni el telegrama llegó. ¿Qué debo hacer?
Valeria. Presentarte a trabajar hasta que llegue el telegrama. Saludos
Buenas tardes, a mi papá lo despidieron sin ninguna causa ni ningún preaviso de despido, ya tiene cinco meses allí, no le hicieron firmar nada y tampoco le mostraron copia de algún telegrama de despido. Yo le dije que se presentara a su trabajo debido a que no tiene ningún aval de su despido justificado para no caer en abandono laboral.
Mi pregunta es, en caso de presentarse a su trabajo y que se le niegue la entrada al mismo y/o el cumplimiento de sus labores, ¿cómo se puede proceder en ese momento? agradezco su respuesta y quedo a la espera.
Saludos
En ese caso, debería ir con abogado laboral para que certifique e intime a la empresa, y con eso ya sería suficiente. Saludos
El día sábado me presente a trabajar y el encargado me esperaba con una carta de desvinculación, la cual tuve que firmar. Aún no me llegó el telegrama, ¿qué se supone que debo hacer?
Virginia. De seguro te llegue mañana, pero si no es así, deberías presentarte a trabajar. De todas formas calculamos que tienes copia de lo que firmaste, y ellos también lo firmaron, por lo que no cambiará mucho. Saludos
Hola buenas noches.
Si el consorcio decide despedir a un encargado que viene los domingos solamente, no hay causal, solo el tema de disminución de costos. Consulta: si se le da el preaviso de tres meses ¿se deben poner los fondos a disposición por el total indemnizatorio incluyendo los tres meses de preaviso? ¿Cuándo se paga la indemnización? ¿ahora o dentro de tres meses?
Gracias por la atención.
Ángel. Si se le da el preaviso, la persona debe seguir trabajando durante esos 3 meses, por lo cual no es que pueda cobrar y no ir más. La indemnización se paga a los 4 días hábiles, como máximo, tras la fecha fehaciente de despido. Saludos
Buenos días. El día viernes me avisaron por teléfono que mandaron el telegrama de despido a mi y a otro empleado, ¿tengo alguna manera de averiguar si efectivamente lo mandaron? ¿hasta qué hora puede llegar?
Desde ya muchas gracias
Luciano. Puede llegarte hoy hasta las 18 horas. Lo ideal es que te presentes a trabajar de todas formas si no te llega hoy. Saludos
Hola, en marzo comencé a trabajar en un colegio, ayer me despidieron de palabra. El motivo es que “cambió” el plan de trabajo y buscan profes orientados más a un deporte específico. Cuestión que nunca me dieron pre aviso, me lo dijeron ayer al finalizar mi jornada, comunicándome que el telegrama ya había salido. Hoy sábado aún no me llegó, ¿en caso de que no llegue yo el Lunes me presento a trabajar o no?
Lourdes. Sí, si no te llega deberías presentarte. Saludos
Finalmente me llego la carta documento con el despido, sin motivos. En el mismo telegrama me dice que esta la indemnización a mi disposición.
Saludos.
Perfecto Juan, mejor así. Saludos
Buenos días. El lunes me avisaron por teléfono que estaba desvinculado de la empresa donde trabajo, mi trabajo es remoto. A los minutos de cortar la llamada se me quitaron todos los accesos a los recursos online de la empresa. Me dijeron que ese día mandaban el telegrama (lunes 25/06/2019). Hasta hoy, jueves 27/06/2019 no me llegó nada aún. ¿Qué debo hacer?
Saludos
Juan. En vista a que no te ha llegado el telegrama de despido, deberías intimarlos a que te den tareas, sino te considerarías despedido. De seguro te llegará, pero eso evita que cataloguen el caso como abandono de trabajo.
Saludos
Hola. Me despidieron porque las tareas para las que me contrataron no se van a llevar a cabo y no tiene tareas para darme. Me habían contratado para realizar remitos electrónicos que según la empresa la AFIP no los va a poner en practica (cosa que dudo). Esto lo indicaron en el telegrama. ¿Se considera con causa? porque me quieren pagar mucho menos de indemnización de lo que corresponde.
Daiana. No es una causa válida, calculá tu indemnización con nuestra calculadora de despidos. Saludos
Gracias por la pronta respuesta. Saludos
Buenas tardes, por favor necesito resolver una duda. Fui despedido aparentemente con causa, pero en el telegrama no aclara ningún motivo por el que se termina la relación laboral. ¿La indemnización corresponde a con o sin causa? Y por otro lado, si en el momento que recibo la liquidación es menor, ¿debo agarrarla?
Muchas gracias.
Pedro. Si no indican causa, será sin causa. Cuando te paguen, deberías aceptar solo el monto que corresponda. Saludos
Hola ¿qué pasa si recibo el telegrama de despido 9 días después de ser emitido? ¿a partir de cuando se cuenta la liquidación?
Gracias
Darío. Desde el día que recibes el telegrama. Saludos
Buenas tardes. El viernes 31/05/19 a las 14 horas me notificaron personalmente que estaba despedido y que el telegrama ya lo habían enviado. Se supone que llegaría a mi domicilio entre hoy (sábado) y el lunes.
Hasta ahora no me llegó nada. Mi horario de entrada seria a las 7 am. ¿Debería presentarme igual a trabajar acusando que por escrito no fui notificado? ¿para evitar que me injurien por "abandono de trabajo"?
Además. En el caso de no estar en mi domicilio al momento de llegar el telegrama, ¿lo puede recibir cualquier persona mayor de edad que se encuentre en el lugar?
Gracias
Nicolás. Efectivamente deberías presentarte. Si no te dejan entrar te recomendamos que hables con un abogado para que eso quede firmado. El telegrama solamente puede ser recibido por vos, de todas formas te dejarán el "aviso de visita" y eso ya te dará la pauta que efectivamente lo enviaron. Quedará que pases por el correo a retirarlo o esperar que llegue al día siguiente.
A mi marido le dieron un preaviso en una hoja con formato de la empresa no por telegrama, ¿esto se puede considerar como preaviso?
Eliana. Si tiene ganas de pelear con la empresa y terminar en juicio, puede desestimar ese preaviso, pero la realidad es que "ya está avisado". Para términos prácticos, sirve eso como preaviso mientras cumplan con todo lo que la ley indica durante el plazo de trabajo entre fecha de preaviso y despido efectivo. Por ejemplo, debe trabajar menos horas para poder buscar trabajo. Saludos
Hola. Mi encargado ayer jueves 30/5/2019 me dijo a la salida laboral que mañana, 31/5/2019 me tome el día y espere el telegrama de despido. Hasta ahora no me llega nada. Hora actual 13:49.
Christian. Deberías presentarte a trabajar igual, con abogado. Saludos
Buenas noches. A mi me notificaron el despido con un acta notarial, la cual me dieron la opción de firmar o no. Si no me llega el telegrama de despido ¿estoy en problemas legales? ¿El acta notarial es suficiente?
Si fue ante escribano público, ya es suficiente. Saludos
Hola. Necesito saber si me puedo considerar despedido de forma indirecta en el caso de que la empresa a la que trabajo me suspenda por falta de tareas laborales.
Tamara, primero deberías intimar a que te den tareas. En caso de negativa ahí sí. Saludos
¿Qué pasa si tras los intentos correspondientes por parte del correo la Carta Documento de despido no es recibido por parte del empleado por "domicilio cerrado" (es lo que pone el correo)?
Juan. Deben verificar cual es el domicilio correcto y volver a notificarlo donde corresponde. Saludos
Hola. Quisiera saber si en caso de despido se toma como fecha de baja cuando la persona recibe la carta o la fecha que yo le pongo en el telegrama.
Soledad. Se considera la fecha en que se recibe el telegrama porque es la que fehacientemente se entera de tal evento. Saludos
Pero si uno (como empleador) pone fecha de finalización de la relación laboral, ya que hay que notificarlo con antelación, ¿por qué se considera la fecha de la carta o telegrama?
Ana, si en el telegrama se indica la fecha de fin de contrato, esa es la que vale. Saludos